¿Quiénes pueden ejercer la Medicina o Estomatología Estéticas?

¿Quiénes pueden ejercer la Medicina o Estomatología Estéticas?

Los campos de la Medicina y la Odontología están en constante evolución, no sólo en términos de tratamientos convencionales, sino también en cuanto a enfoques estéticos y complementarios, que pueden tener un impacto significativo en la salud y el bienestar de los pacientes. Estos enfoques pueden ser aprendidos a través de diversos cursos, diplomados, especialidades y maestrías avalados por universidades autónomas o por la SEP.

En México, la práctica de actividades técnicas y auxiliares en el ámbito de la atención médica está regulada por el artículo 79 de la Ley General de Salud. Este artículo establece que los diplomas correspondientes deben ser legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. De manera similar, para desempeñarse en actividades profesionales en campos como la Medicina, Odontología, entre otros, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización estén debidamente registrados.

Es importante destacar que, conforme al artículo 2 de la ley mencionada, tanto médicos como odontólogos que cuenten con título y cédula profesional, son considerados personal de la salud y están facultados para prescribir medicamentos, lo que incluye tratamientos de naturaleza estética.

La Medicina Estética ha sido objeto de controversia en cuanto a quién puede ejercerla y qué requisitos son necesarios para evitar problemas legales. Sin embargo, el marco legal establecido proporciona claridad sobre quiénes pueden practicarla y qué documentos son indispensables para su práctica correcta.

En conclusión, los profesionales de la Medicina y la Odontología tienen la oportunidad de explorar y aplicar tratamientos estéticos que pueden mejorar la calidad de vida de sus pacientes. Es fundamental cumplir con los requisitos legales establecidos, para garantizar una práctica ética y segura en el campo de la Medicina Estética.